El Tribunal Supremo anula también el proyecto constructivo de Reganosa




El Tribunal Supremo ha anulado el proyecto de ejecución de las instalaciones de Reganosa, mediante una sentencia que se ha conocido hoy y que se une a la emitida a principios de este mes en contra de la autorización administrativa previa para la instalación de la planta de gas, situada en Mugardos (A Coruña).
La Sala Tercera, de lo Contencioso-Administrativo, del Alto Tribunal publicó este lunes el fallo, al cual ha tenido acceso Efe, en el que se detalla la anulación de la resolución de la Dirección General de Política Energética y Minas, del 13 de febrero de 2004, por el cual se aprobó en ese momento el proyecto constructivo de la regasificadora.
El 30 abril de 2013, el Tribunal Superior de Justicia de Madrid había desestimado el recurso interpuesto por la Plataforma de Vecinos O Cruceiro de Mehá y la Asociación de Vecinos San Esteban de Perlío en contra de la mencionada sentencia de febrero de 2004.
Ahora el Supremo ha dado validez al recurso de casación interpuesto en 2013 por ambas entidades, en el cual mencionaban diversas infracciones en la Ley del Sector de Hidrocarburos, por la falta de adecuación del emplazamiento al régimen de ordenación del territorio (PGOM) de Mugardos y por el impacto medioambiental, entre otros motivos.
El nuevo fallo emitido es firme, sin la posibilidad de recurso ordinario alguno, y obliga al actual Gobierno en funciones a conceder nuevas autorizaciones en las próximas semanas, los cualesdeberían ser solicitados por Reganosa, o bien a decretar la paralización de su actividad, una opción que la empresa ya explicó que no contempla. La asesora jurídica del Comité Ciudadano de Emergencia la Ría de Ferrol, Patricia Gabeiras, ya había anunciado en una rueda de prensa que estaban pendientes de una nueva sentencia del Supremo y que aguardaban que se dictaminase una nueva nulidad, algo que hoy se ha confirmado.
Gabeiras ha asegurado, en declaraciones a Efe, que este fallo deja a Reganosa en la situación de tener que "empezar de cero" con toda la tramitación, motivo por el que la letrada ha apuntado que "no puede ocurrir que haya una declaración absoluta de ilegalidad de la instalación y que la compañía pretenda decir que es un defecto subsanable".
"Esta sentencia anula la autorización de construcción y todos los actos posteriores que se hayan dictado tras la autorización de construcción, incluido el nuevo PGOM", ha pormenorizado Gabeiras, en relación a que el nuevo plan urbanístico de Mugardos sí contempla el emplazamiento de Reganosa.
Sobre el PGOM actual, Gabeiras ha señalado que "se aprobó con una instalación que ahora en firme es ilegal", por lo que añade que la compañía mugardesa "tendría que cerrar la planta y pedir comenzar una nueva tramitación". Para ello, concluye la abogada, Reganosa tendría que "cumplir con la nueva normativa medioambiental y con toda la normativa de seguridad", además de acreditar "la viabilidad económico financiera de la planta y que el PGOM contemple dicha instalación".
La aprobación del proyecto de ejecución fue tramitada por la empresa a continuación del otorgamiento de la autorización administrativa previa, por lo que esta nueva sentencia "se refiere a la segunda fasedel procedimiento de autorización de la planta", apuntan fuentes de la compañía mugardesa.
Las mismas fuentes aseguran que el Supremo "insiste" en la sentencia que se tendrá en cuenta el actual PGOM "sin duda" con ocasión de la "nueva solicitud que se presente" para ordenar la situación administrativa de Reganosa. La Dirección General de Política Energética y Minas, que tendrá que decidir sobre las autorizaciones, depende del Ministerio de Industria, cuya titularidad corresponde a Luis de Guindos tras la marcha de José Manuel Soria.

Artículo de "Faro de Vigo"